Tras conocerse que el sumario administrativo instruido por la Municipalidad de Pucón, tras el Informe Final N° 731 de la Contraloría Regional de La Araucanía, concluyó sin sanciones disciplinarias en contra de Esteban Backit, Jefferson Adaro e Iván Soriano, estos dos últimos anunciaron la preparación de acciones judiciales por daño moral y reputacional.
A través de un comunicado enviado a El Trancura, ambos profesionales sostienen que el Decreto Alcaldicio N° 2509, de fecha 20 de julio de 2026, puso término al procedimiento administrativo estableciendo que no corresponde aplicarles medidas disciplinarias ni sanciones estatutarias.
Lo que resolvió el sumario
El decreto que puso término a la investigación administrativa resolvió aplicar distintas medidas disciplinarias al interior del municipio.
La resolución dispuso la destitución del exadministrador municipal Francisco Torres Valderrama, una multa equivalente al 25% de una remuneración mensual al director de Recursos Humanos, Ignacio Quiroz Arrau, y la absolución del director de Control, Edgard Walter Carter Rascheja, y de la encargada de Presupuesto, Marcia Ortega Colimán.
Respecto de Jefferson Adaro, Iván Soriano y Esteban Backit, el decreto establece que, debido a su calidad de prestadores de servicios a honorarios, no corresponde aplicarles el régimen disciplinario contemplado en la Ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, razón por la cual no se les aplicaron sanciones administrativas.
El contenido del comunicado
En el documento se sostiene que las observaciones formuladas durante la investigación tuvieron su origen en deficiencias de control jerárquico al interior de la administración municipal y no en actuaciones atribuibles a Adaro y Soriano.
Asimismo, se señala que durante los últimos meses los profesionales fueron objeto de cuestionamientos públicos que afectaron su honra, trayectoria profesional, salud y entorno familiar.
El comunicado agrega que, tras el cierre del sumario, se preparan acciones judiciales de indemnización de perjuicios por daño moral y reputacional en contra de quienes se estimen responsables de las imputaciones públicas realizadas durante el desarrollo del caso.
Alcance de la resolución
Si bien el comunicado sostiene que el procedimiento concluyó sin sanciones disciplinarias para ambos profesionales, el decreto revisado por El Trancura establece específicamente que no corresponde aplicarles medidas disciplinarias debido a que mantenían contratos a honorarios, por lo que no estaban sujetos al régimen disciplinario previsto en el Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
Al mismo tiempo, la resolución mantiene en sus considerandos las observaciones formuladas durante la investigación respecto de sus contrataciones y remuneraciones, antecedentes que previamente habían sido consignados por la Contraloría Regional de La Araucanía en el Informe Final N° 731.
De esta manera, el decreto resuelve que no procedía aplicar sanciones disciplinarias a los profesionales por su calidad contractual, mientras que el comunicado interpreta ese resultado como una reivindicación de su actuar y anuncia el inicio de acciones judiciales derivadas de la exposición pública del caso.
